Consejo de Estado anula elección de Raúl Durán Parra como director de la CAS

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Redacción: John Pita Navarro -TRO Digital

La decisión, emitida el pasado 12 de septiembre, se basa en un fallo que considera que el proceso de selección no cumplió con los requisitos legales necesarios.

Según la Sección Quinta del Consejo de Estado se “declaró la nulidad del Acuerdo No. 086, fechado el 15 de febrero de 2024, mediante el cual se nombró a Raúl Durán Parra como director general de la CAS”. La anulación se fundamenta en que el proceso de selección violó las normas establecidas para la representación y participación de las comunidades afrodescendientes, tal como se especifica en la sentencia.

El fallo ordena la apertura de un nuevo proceso de selección para el cargo de director general. Este nuevo procedimiento debe incluir a todos los miembros del Consejo Directivo de la CAS y garantizar la participación del representante de las comunidades negras, conforme a los requisitos del artículo 26 de la Ley 99 de 1993, el artículo 56 de la Ley 70 de 1993 y el parágrafo segundo del artículo 28 de la Ley 99 de 1993.

La elección del nuevo director general solo podrá realizarse “una vez se haya completado el trámite previsto en los artículos 2.2.8.5.1.1 y siguientes del Decreto 1076 de 2015”. Estos artículos regulan la elección del representante principal y suplente de las comunidades negras ante el Consejo Directivo de la CAS, asegurando que el proceso sea inclusivo y representativo.

La demanda contra Raúl Durán Parra fue presentada por Pedro Antonio Carballido Fuentes, quien alegó que Durán Parra, como representante legal del Consejo Comunitario Afrodescendientes de Puerto Wilches, estaba en una situación de inhabilitación para asumir el cargo debido a su vínculo con un ente que se encuentra bajo la jurisdicción de la CAS.

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