Canal TRO

Niñas de 14 años podrán abortar sin consentimiento de padres en Colombia

El Ministerio de Salud expidió un resolución en la que dejó estipuladas los parámetros para que las mujeres puedan acceder a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). En dicho documento se precisa que las menores de 14 años ya no necesitan el consentimiento de sus padres para acceder a este procedimiento. Lo que causa polémica es el hecho de que ya no necesitarán el consentimiento de un mayor de edad.

Esto quedó plasmado en la Resolución 51 de 2023, que da cumplimiento a la Sentencia C-055 de 2022 de la Corte Constitucional que despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación.

El Ministerio señala que el consumo de sustancias psicoactivas o los diagnósticos psiquiátricos no son impedimentos para que las mujeres den su consentimiento para abortar. Por eso, el documento señala que un trastorno mental “no significa incapacidad para la toma de decisiones en salud”.

Además, se ordenó a las entidades responsables de la promoción, diagnóstico y tratamiento en salud para que en la consulta inicial de una mujer que desee abortar se identifique si “está bajo la presión de su pareja, otro miembro de la familia u otra persona, para continuar el embarazo o para la interrupción de este”.

Para aclarar

La resolución del Ministerio de Salud también deja en claro que el derecho a objetar conciencia por parte del cuerpo médico (negarse a hacer un aborto por razones morales, éticas, religiosas o filosóficas) está reservado solo para el profesional encargado de realizar directamente la IVE y deberá formularlo por escrito, expresando las razones por las cuales realizar esta intervención médica “está en contra de sus más íntimas convicciones”.

El documento también precisa que las mujeres podrán elegir “libremente el tipo de procedimiento teniendo en cuenta la edad gestacional, las ventajas y desventajas de cada método y las preferencias”.
Entre las técnicas para realizar una IVE, la resolución dispone que ya no se hará mediante el legrado uterino por considerarla “una técnica obsoleta que debe dejar de ser empleada”, ya que “implica mayor dolor y alarga el proceso de aborto”.

En su lugar ordena que el procedimiento se haga mediante el uso de técnicas no farmacológicas como la aspiración manual entre las 12 y las 15 semanas de gestación; la Dilatación y Evacuación (DyE), luego de las 15 semanas, y la inducción de la asistolia fetal (inyectar el feto) después de las 20 semanas de gestación.

Notas relacionadas
Ir al contenido asd